SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0205/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0205/2020-S1

Fecha: 30-Jul-2020

la Norma Suprema también refiere que nadie puede ser detenido, aprehendido o privado de su libertad, sino en los casos y según las formas previamente definidas por ley.

[9] El FJ III. 4 señala: “En ese entendido, corresponde señalar que el derecho a la libertad encuentra reconocimiento y tutela constitucional en el art. 23 de la CPE, disponiendo que toda persona tiene derecho a la libertad y que ésta solo puede ser restringida en los límites señalados por la ley, según se observa en el Fundamento Jurídico III.3 del presente fallo constitucional, la Norma Suprema también refiere que nadie puede ser detenido, aprehendido o privado de su libertad, sino en los casos y según las formas previamente definidas por ley. Estas formas legales a través de las cuales el derecho a la libertad puede ser restringido, están claramente determinadas en el Código de Procedimiento Penal.