SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0225/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0225/2020-S3

Fecha: 13-Jul-2020

II.4.

II.4. Por memorial de 4 de marzo de 2016, el impetrante de tutela respondió a la demanda laboral argumentando que dejó de ejercer el cargo de Vicepresidente de la EMMPSA seis meses atrás debido a su renuncia que fue puesta en conocimiento de la Jefatura Departamental de Trabajo de Potosí, del Consejo de Administración de la Cooperativa Minera Viveros Villa Imperial Ltda., y de FEDECOMIN del aludido departamento, debido a que no recibió salario alguno desde su designación; sin embargo, la Junta de accionistas aún no se habría reunido para resolver su renuncia, viéndose afectada su relación matrimonial; por lo que, tuvo que recurrir a préstamos de dinero, señalando que adjunta en calidad de prueba las precitadas notas (fs. 10 a 13).