SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0248/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0248/2020-S2

Fecha: 31-Jul-2020

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante a través de su abogado, ratificó íntegramente el contenido de su demanda tutelar y aclaró que el Juez de Instrucción Penal Séptimo de El Alto del departamento de La Paz, tenía el control jurisdiccional del caso; y, las problemáticas denunciadas en la vía constitucional fueron igualmente puestas a conocimiento de dicha autoridad; empero, se limitó a correrlas en traslado a la contraparte; por lo que, consideró que no existía un efectivo control. Agregó que el “señor Juan” le indicó que no le podía facilitar fotocopias simples ni prestarle el cuaderno de investigaciones, extremo que -según alegó-, transgredía el art. 61 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP); y, llamaba su atención pues igualmente le manifestó que no existe justificación verbal para demostrar su inconcurrencia, no obstante a que se llevaba a cabo un proceso oral; y, “…en oralidad existe informalidad…” (sic).