SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0251/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0251/2020-S3

Fecha: 13-Jul-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra su persona por la presunta comisión del delito de estafa agravada, el 28 de octubre de 2019, interpuso apelación incidental de medida cautelar en contra del Auto Interlocutorio 28/2019 de 9 de igual mes y año, emitido por el Tribunal de Sentencia Penal Séptimo de la Capital del departamento de Santa Cruz, presidido por la Jueza hoy accionada; sin embargo, dicho recurso no fue tramitado dentro del plazo que señala el art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP), sin que hasta la fecha se hayan remitido los antecedentes ante el Tribunal de alzada, lo que genera una dilación indebida en la tramitación de la apelación interpuesta de su parte.

Asimismo, el 15 de noviembre del citado año, presentó ante la autoridad jurisdiccional, accionada, memorial solicitando la cesación de la detención preventiva, escrito que debió ser decretado dentro de las veinticuatro horas conforme señalan los arts. 130 y 132.1 de la norma procesal penal; empero, hasta la interposición de la presente acción tutelar, su solicitud no mereció respuesta alguna por parte de la autoridad accionada.