Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0253/2020-S2
Fecha: 31-Jul-2020
II.2.
II.2. Mediante Sentencia 60/2019 de 17 de septiembre, el Tribunal de Sentencia Penal Primero de Quillacollo del departamento de Cochabamba, declaró al impetrante de tutela autor material del delito de estafa, imponiéndole la pena privativa de libertad de cuatro años a ser cumplida en el Recinto Penitenciario de “San Pablo” de la citada localidad y departamento (fs. 49 a 51).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- MANDAMIENTO DE LIBERTAD
- 1)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- los recursos serán interpuestos ante el tribunal que dictó la resolución impugnada,
- corresponde, ya sea al Ministerio Público, al imputado o la víctima, interponer por escrito el recurso de apelación restringida, por inobservancia o errónea aplicación de la ley, al constituir un defecto del procedimiento inconvalidable
- reconocido un hecho, no puede posteriormente el imputado negarlo o modificarlo, menos impugnarlo
- apelación restringida, cuando se advierta la inobservancia o errónea aplicación de la ley
- III.3. El Juez o Tribunal que dictó la resolución impugnada, no puede pronunciarse sobre su admisibilidad
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.4.
- CONFIRMAR