SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0256/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0256/2020-S3

Fecha: 14-Jul-2020

b)

El 17 de julio de 2019, Edgar Mamani Pillco formuló recurso de reposición contra el decreto de 15 de ese mes y año y complementación al Auto de 16 de julio del citado año; empero, sin resolver lo solicitado, la autoridad judicial accionada remitió la causa ante el Juez Público Mixto Civil y Comercial y de Familia Primero de Caranavi del departamento de La Paz -ahora coaccionado-, quien observó la falta de pronunciamiento a través del Auto de 15 de agosto de 2019, por el que dispuso la devolución de obrados; sin embargo, hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar, la autoridad judicial accionada no realizó la complementación de dicho Auto impidiendo con esa omisión que se continúe con el trámite de la causa dentro de los plazos establecidos por ley y se proceda a la acumulación del caso MP 496/2018 -que se encuentra bajo la dirección del Fiscal de Materia de Palos Blancos- al proceso LPZ2K 1800252/2019 -que se encuentra bajo dirección del Fiscal de Materia de Caranavi-, siendo que estan involucrados como víctimas varios menores de edad; y, b) El Juez hoy coaccionado, a través de la Resolución 257/2019 de 24 de octubre, determinó que Claudia Santusa Condori Layme pueda ver a sus hijos en visita supervisada sin considerar que pidió la oposición a tal solicitud -fs. 1436 del expediente original-, ni valoró el informe -fs. 1429 y vta. del expediente original- en el cual se señaló que su sobrino AA fue atendido por una herida cortante donde le realizaron puntos -según el informe del expediente de divorcio-, como tampoco se tomó en cuenta el informe psicológico -fs. 1403 a 1404 del expediente original-, con el fin de pronunciarse sobre la modificación de la guarda de los menores de edad presentada el 17 de julio de 2019.

Los menores de edad no pueden ser confiados a su madre agresora, ni a su tía o abuelos maternos porque en ese entorno familiar sufren una serie de actos que vulneran sus derechos, e incluso, existe un proceso penal contra su madre y los abuelos maternos, en el cual el 10 de julio de 2019, el Ministerio Público emitió medidas de protección, prohibiendo acercarse al domicilio y al lugar de estudio de los menores de edad BB y CC.