SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0262/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0262/2020-S2

Fecha: 31-Jul-2020

II.2.

II.2.  El 17 de julio de 2019, mediante Auto de Apertura de Proceso Administrativo Interno 18/2019, la autoridad ahora demandada determinó “…ORGANICESE Proceso Administrativo…” (sic), contra el ahora accionante -y otra-, por contravención al art. 7.7 y 11 de la Ley 348, por aparentemente incurrir en acoso sexual -acto de violencia sexual- y violencia laboral hacia la denunciante, según notas de 9 y 24 de mayo; y, 11 de junio de idéntico año, presentadas por la presunta víctima. Por tales actos, se acusó igualmente la transgresión del art. 9 inc. b) del Reglamento Interno de Personal del Ministerio de Salud (cuarta versión) -aprobado por la RM 0965-, pues el comportamiento acusado implicaba una conducta antiética, además de no atender las solicitudes de sus dependientes con diligencia; por lo que, se consideró inobservado también el inciso e) de la precitada norma. Asimismo, se tuvo que los actos de violencia señalados, se encontraban prohibidos en mérito al art. 10 inc. m) del Reglamento precitado, por poner en peligro la integridad de las personas; en el caso particular, la integridad de una mujer al supuestamente ejercer en su contra actos de violencia sexual; consiguientemente, correspondía el inicio del proceso que además “…deb[ía] tramitarse conforme a lo dispuesto por la Ley 1178, D.S. 26237 modificatorio del D.S. 23318-A, el Reglamento Interno de Personal del Ministerio de Salud (4ta. Versión) en cuanto a las contravenciones, y demás disposiciones legales vigentes aplicables a los procesos Administrativos…” (las negrillas fueron añadidas). Con dicho acto, se notificó al peticionante de tutela el 23 de julio de 2019 (fs. 140 a 142).