SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0319/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0319/2020-S4

Fecha: 29-Jul-2020

Fragmento 23

           Contra dicho fallo, Roberto Francisco Ruiz Pizarro a través del memorial presentado el 1 de junio de 2018, interpuso recurso de casación, solicitando la anulación de obrados con reposición hasta el vicio más antiguo; es decir, hasta que se celebre audiencia de conciliación previa a la Sentencia; bajo los siguientes argumentos: 1) Primer agravio, sostuvo que los Vocales manifestaron que no observó las nulidad acusadas en tiempo oportuno; siendo que, hizo su reclamo mediante escrito para no dejar precluir su derecho de acuerdo al art. 107.III del CPC; por lo que, los Vocales interpretaron erróneamente su reclamo y no aplicaron los arts. 107.III y 271.II del CPC; 2) Segundo agravio, añadió que los Vocales consideraron que no se cumplió los postulados de la nulidad procesal; siendo que se observó los principios de finalidad, trascendencia, convalidación, preclusión, protección y especificidad; y, 3) Tercer agravio, denunció que el Auto de Vista recurrido, no consideró los diversos pagos que su persona realizó sobre el bien inmueble en litigio, que ascienden a más de $us97 000.- (noventa y siete mil dólares estadounidenses), que son los daños causados por los vicios de nulidad cometidos en el proceso, pero la Sentencia determinó que solo se le devuelva la suma de Bs90 000.-. Por lo expuesto, señaló que el Auto de Vista incurrió en violación, interpretación errónea y aplicación indebida de las normas legales