SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0321/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0321/2020-S3

Fecha: 22-Jul-2020

II.8.

II.8.    Cursa memorial presentado el 2 de octubre de 2018, por el cual el Alcalde del GAM de Tupiza del departamento d Potosí, en base al Informe Técnico CITE: LHDT/RCU-JUD 064/2018 de 31 de julio, emitido por el Responsable de Catastro Urbano a.i. del referido Municipio (fs. 44 a 51), respecto al bien inmueble en cuestión, puso a conocimiento del Juez de la causa ahora accionado, que existe una serie de informaciones técnicas debidamente justificadas en sentido de que el citado inmueble se encuentra dentro de la franja de seguridad de la quebrada Tolonia denominado Bienes Municipales de Dominio Público correspondiente a los 25 metros a cada lado del borde de máxima crecida, aspecto concordante con el art. 31 inc. d) de la Ley de Gobiernos Autónomos Municipales (LGAM) -Ley 482 de 9 de enero de 2014- y también con el Informe Técnico CITE: IKVM/CU 209/13 de 5 de agosto de 2013, que indica que la superficie de usucapión se encuentra en el lecho del rio y que se trata de propiedad municipal, situación por la cual manifestó que no es posible proceder a la aprobación del plano (fs. 52 y vta.).