SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0322/2020-S3
Fecha: 16-Jul-2020
1)
El accionante a través de su abogado en audiencia ratificó de manera íntegra el contenido del memorial de acción de libertad, y ampliándolo, manifestó que: 1) La demandante en el proceso de homologación de asistencia familiar continúa siendo su esposa, por lo que tiene conocimiento de cuál es su domicilio; empero, actuando de mala fe presentó la liquidación de pensiones devengadas y solicitó su notificación en un domicilio que no le corresponde; aún así, en el expediente no cursa ninguna notificación ni siquiera en el domicilio que ella consignó; 2) El SERECI y el SEGIP certificaron dos domicilios diferentes, pero pese a ello, ni siquiera se hizo el intento de notificarlo y sin ninguna representación de notificación, la Jueza ahora accionada aceptó que se proceda a la publicación de edictos; 3) Una vez publicados los mismos, conforme al art. 309 del CFPF, la autoridad judicial hoy accionada tenía la obligación de designarle un defensor de oficio; empero, no lo hizo; y, 4) Tiene la presión alta y problemas de salud que pueden empeorar en el Recinto Penitenciario San Pedro de La Paz.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- III.2. Análisis del caso concreto
- El régimen de asistencia familiar y disposiciones conexas del presente Código
- debieron ser denunciados en su oportunidad y conforme al procedimiento, ante la autoridad competente
- CONFIRMAR