Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0322/2020-S3
Fecha: 16-Jul-2020
II.4.
II.4. Mediante memorial presentado el 29 de mayo de 2019, Elizabeth del Pilar Mita de Orihuela solicitó oficios para el SERECI y SEGIP a efectos que se informe sobre el domicilio del accionante; mereciendo como respuesta el decreto de 31 de ese mes y año, por el que la Jueza ahora accionada dispuso oficiar conforme a lo solicitado (fs. 48 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- III.2. Análisis del caso concreto
- El régimen de asistencia familiar y disposiciones conexas del presente Código
- debieron ser denunciados en su oportunidad y conforme al procedimiento, ante la autoridad competente
- CONFIRMAR