Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0326/2020-S4
Fecha: 29-Jul-2020
I.1.1. Hechos que motivan la acción
José Luis Carballo Vargas e Hilda Salazar Suárez interpusieron en su contra y Julián Chiro Impa, demanda de reivindicación y negación sobre terrenos ubicados en el ex fundo La Florida, Villa Socavón, inscrito en Derechos Reales (DD.RR.) con matrícula computarizada 1.01.1.99.0008765, registrado a su nombre y a la de sus hijos; empero, la demanda solo se interpuso en su contra como si fuera la única propietaria, hecho que no fue observado por el Juez de la causa, siendo que el mismo viciaba de nulidad el proceso al causar indefensión a los copropietarios del bien inmueble.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- LOS SRES. VOCALES ANULAN LA MISMA
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- Fragmento 7
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. La doctrina de las auto restricciones de la jurisdicción constitucional o de no interferencia en la función propia de los órganos jurisdiccionales ordinarios
- III.1.1. De la legalidad ordinaria
- para que este Tribunal pueda cumplir con su tarea es necesario que la parte procesal
- el accionante a tiempo de cuestionar la interpretación de la legalidad ordinaria cumpla ciertas exigencias
- III.1.2. Sobre la valoración de la prueba
- CONFIRMAR