SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0226/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0226/2020-S1

Fecha: 03-Ago-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Apelada la resolución se emitió el Auto de Vista 201/2019 de 30 de septiembre, en el cual enervan los riesgos procesales insertos en el Art. 234.1 con relación al trabajo y 234.2 como consecuencia del arraigo natural, asimismo enervan el     art. 234.10 con relación al peligro de fuga. Sin embargo se mantiene subsistentes los riesgos incursos en el Art. 235 numeral 1 del CPP peligro de obstaculización con un criterio contrario al procedimiento y a la jurisprudencia constitucional, señalando simplemente que no hubo mayor fundamentación que pueda sostener la denuncia de valoración de la prueba, el único fundamento que señala fue que el fiscal tiene un plazo, el Ministerio Público determinó que es complejo y que existen otros imputados. De la misma forma respecto del art. 235 numeral 2 del CPP manifestando que existió influencia en relación a la parte denunciante y que no se desvirtuaron los motivos que fundaron este riesgo, incurriendo en vulneración del debido proceso en cuanto a la ausencia de fundamentación vinculada a estos riesgos.