SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0310/2020-S2
Fecha: 04-Ago-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la defensa y al debido proceso en su vertiente de fundamentación y motivación, así como del principio de seguridad jurídica; alegando que, el SENAPE inició en su contra, proceso de fraude procesal por haber hecho incurrir supuestamente en error al Juez en la causa civil de adecuación rectificación de partida de inscripción que siguió; proceso en el que se emitió Sentencia 53, declarando probada la demanda, que fue revocada parcialmente a través de Auto de Vista SCCI-0147/2018, solo en lo referente al pago de costas y costos; razones por las que, formuló recurso de casación que fue declarado infundado mediante Auto Supremo 137/2019, sin la debida fundamentación y motivación, omitiéndose además, resolver todos los puntos que fueron debidamente expuestos en la casación mencionada con el justificativo de no haber sido demandados antes en apelación, lo que no sería evidente.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- Fragmento 7
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- [3]
- arbitrariedad
- una resolución será arbitraria cuando carezca de motivación o ésta sea arbitraria o insuficiente; asimismo, cuando la resolución no tenga coherencia o congruencia interna o externa
- la exigencia de la fundamentación y motivación de las resoluciones como elemento del debido proceso, no necesariamente implica que la exposición deba ser exagerada y abundante de consideraciones, citas legales y argumentos reiterativos, al contrario,
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)