SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0338/2020-S2
Fecha: 12-Ago-2020
Gregorio Rodríguez Paniagua
Gregorio Rodríguez Paniagua, expresó adherirse a lo antelada mente manifestado y expuso: 1) Le causó agravio en su derecho a la libertad; al haberse realizado una mala valoración de la prueba al momento de presentar la imputación formal que carece de objetividad; puesto que, no fue partícipe de la manifestación de 15 de noviembre de 2019, y por su ocupación de transportista estaba en ese lugar por asuntos de trabajo; por lo que, ante la arremetida de la policía, se escondió en un domicilio donde ingresaron sin orden de allanamiento y lo sacaron para posteriormente ser sometido a torturas y maltratos, que no fueron valorados por el Médico Forense; y, 2) En base al acta de secuestro, se lo imputó por tenencia de un paquete de petardos en su mochila; lo que no es vidente, pues solo contaba con un sello que acredita ser miembro de una Cooperativa de Transporte y su celular.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió en parte
- II.1.
- II.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- Ignacio Acebo Gallego
- Lider Choque Cruz
- Gregorio Rodríguez Paniagua
- Nelson Silvestre Gutiérrez
- i)
- Fragmento 17