SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0356/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0356/2020-S4

Fecha: 05-Ago-2020

corresponde denegar la tutela impetrada sobre este punto con relación a todos los demandados

    Por medio de la Circular 27/2019-S.P.-TDJLP, emitida en razón a la vacación judicial, se dispuso la remisión de los procesos con detenidos preventivos, con detención domiciliaria y rebeldes ante los Juzgados de Turno, lo cual debía realizarse hasta el 29 de noviembre de igual año, correspondiendo al Juzgado de Instrucción Anticorrupción y de Materia Contra la Violencia Hacia la Mujer Tercero del departamento de La Paz, remitir dichos procesos ante el Juzgado de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Quinto del mismo departamento (Conclusión II.4); disposición, que a decir del accionante, incidiría en la lesión de sus derechos denunciados como vulnerados en esta acción tutelar; sin embargo, conforme a los puntos previamente desarrollados, la dilación indebida, respecto al señalamiento y sustanciación de la merituada audiencia de cesación a la detención preventiva, no tiene relación directa con la remisión referida, sino con la inobservancia de la normativa aplicable a estos actuados procesales, por parte del Juzgado a cargo del control jurisdiccional del proceso; por lo que, la demora aludida en cuanto a la remisión ordenada por la indicada Circular, descrita supra, no concierne a la vía constitucional, la determinación de las sanciones u otros emergentes de ello; por tanto, corresponde denegar la tutela impetrada sobre este punto con relación a todos los demandados.