SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0356/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0356/2020-S4

Fecha: 05-Ago-2020

siete días después

               De la revisión de obrados, se advierte que Freddy Jesús Tiñini Huayta –ahora accionante–, mediante memorial presentado el 22 de noviembre de 2019, a las 10:26, solicitó cesación a la detención preventiva ante la Jueza de Instrucción Anticorrupción y de Materia Contra la Violencia Hacia la Mujer Tercera del departamento de La Paz, autoridad jurisdiccional a cargo del proceso penal (Conclusión II.1), quien señaló dicho verificativo para el 29 de igual mes y año; es decir, siete días después de planteada la solicitud, contraviniendo el plazo de cuarenta y ocho horas, estipulado por el art. 239 del CPP, modificado por la Ley 1173; por otro lado, la jurisprudencia constitucional estableció el plazo razonable, previendo recarga procesal u otras causales debidamente justificadas ajenas a la voluntad del administrador de justicia; empero, en el informe efectuado por la citada autoridad jurisdiccional en la presente acción tutelar, con relación a tal dilación, alegó como justificativo de la misma que no fue objeto de reposición, a efecto de reconsiderarla, situación que no la exime de su deber de acatar los plazos previstos por Ley, más aún, por tratarse de una dilación que incide sobre el derecho a la libertad, conforme al Fundamento Jurídico III.2 de este fallo constitucional, correspondiendo sobre este punto conceder la tutela impetrada bajo la modalidad innovativa (Fundamento Jurídico III.1), únicamente respecto a la Jueza Claudia Marcela Castro Dorado, a cargo del proceso penal que nos ocupa, que se constituye en directora del mismo; no pudiendo este Tribunal soslayar la inobservancia del precepto legal en cuanto al señalamiento descrito por parte de la referida autoridad hoy codemandada; por lo que, en el ámbito jurisdiccional tiene la obligación de velar por una adecuada y pronta administración de justicia, sin incurrir en demoras injustificadas e innecesarias que sean perjudiciales para los justiciables.