SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0373/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0373/2020-S4

Fecha: 19-Ago-2020

1)

En respuesta a las interrogantes formuladas por la Sala Constitucional, sostuvo lo siguiente: 1) Si el Certificado médico hubiese sido emitido por la CNS, el proveído del Fiscal General hubiera dado lugar a la reincorporación de la ahora accionante; 2) Los servidores públicos del Ministerio Público se encuentran obligados a afiliarse a la CNS, como su ente gestor de salud; de tal manera que, si se admitiría un certificado emitido por otro centro de salud, se estaría trastocando el principio de legalidad; y, 3) Resulta dudoso el hecho de que habiendo trabajando la impetrante de tutela por más de un año en la institución demandada no se haya afiliado.