Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0373/2020-S4
Fecha: 19-Ago-2020
II.2.
II.2. Cursa CITE: FGE/J.N.RR.HH.333/2019 de 29 de mayo; a través del cual, la Jefatura Nacional de Recursos Humanos (RR.HH.) y la Dirección Administrativa Financiera (DAF) a.i. de la Fiscalía General del Estado, pusieron a conocimiento de la ahora impetrante de tutela, que debido a la necesidad institucional e importancia de la continuidad laboral, se dispondría su ítem; por lo que, debía gestionar el pago de sus vacaciones pendientes (fs. 2).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- o por los establecimientos públicos de salud
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. Sobre l
- III.2. Sobre el derecho al trabajo y la inamovilidad laboral de las mujeres en estado de embarazo y de los progenitores
- III.3.
- asimismo, sostuvo que si el certificado de salud hubiera sido emitido por la CNS, el proveído fiscal hubiera determinado su reincorporación.
- Certificado médico de embarazo extendido por el
- CONFIRMAR