SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0372/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0372/2020-S2

Fecha: 03-Sep-2020

Fragmento 15

Sobre el particular, se debe mencionar que conforme a lo establecido en el Fundamento Jurídico III.1 de este fallo constitucional, la resolución que imponga una medida cautelar extrema, debe ser notificada de manera personal al interesado, en el término de veinticuatro horas, adjuntando indefectiblemente una copia del fallo, el cual debe señalar que es susceptible de impugnación y el plazo para interponer el recurso, debiendo quedar constancia de la diligencia en obrados.