Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0391/2020-S2
Fecha: 09-Sep-2020
acción de libertad
En revisión la Resolución AL-0051/2019 de 27 de diciembre, cursante de fs. 116 a 121, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Maribel Claros Claros en representación sin mandato de Eugenio Quispe Melgarejo contra Patricia Torrico Ortega, Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y, Percy Ronald Cámara Rodríguez, José Fernando Villarroel Barrios y Sonia Zabala Padilla, Jueces del Tribunal de Sentencia Penal Primero de Quillacollo del mismo departamento.
- acción de libertad
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo. En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas.
- primero, relativo a la congruencia externa
- III.3. Análisis del caso concreto
- ii)
- b)
- CONSIDERANDO I
- Por otra parte, respecto a la alegada falta de congruencia del Auto de Vista cuestionado
- CONFIRMAR