SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0430/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0430/2020-S2

Fecha: 14-Sep-2020

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denuncia la lesión de su derecho al debido proceso en su componente de congruencia interna; aduciendo que, dentro del fenecido proceso ordinario de división y partición de inmueble seguido en su contra y otros, los Vocales demandados pronunciaron el Auto de Vista 033/2019 de 5 de abril, que confirmó el Auto Interlocutorio Simple 330 de 14 de junio de 2018 emitido por el Juez a quo; sin embargo, no consideraron los puntos impugnados en su recurso de reposición con alternativa de apelación que interpuso, referidos a que la citada autoridad judicial determinó la suspensión provisional de ejecución de la sentencia, desde la declaratoria de rebeldía; es decir que, estableció un plazo de suspensión que no estaba previsto en la ley; asimismo, tomó en cuenta la duración del proceso que es de tres años para suspender provisionalmente el indicado fallo; empero, no tomaron en cuenta que la rebeldía interrumpe la prescripción y los plazos procesales; no existiendo relación entre las premisas normativa y fáctica, y la conclusión a la que arribaron, provocando que no haya coherencia en la aludida Resolución de alzada, resultando por ello arbitraria.