SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0443/2020-S4
Fecha: 16-Sep-2020
II.9.
II.9. La Jefatura de la Unidad de Gestión Jurídica de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente del Ministerio de Medio Ambiente y Agua, adjunto a la nota CAR/MMAYA/DGAJ/UGJ 0206/2019 de 26 de noviembre, remitiendo, a solicitud del Tribunal Constitucional Plurinacional, un CD conteniendo información adicional referida a las notas presentadas por los miembros del Sindicato Agrario Litoral y el Informe MMAyA/UCP-PAAP/TEC/1112/2019 de 13 de noviembre, elaborado por el Especialista en Agua y Saneamiento, y el Responsable Técnico Ambiental PAAP II de dicha dependencia, haciendo conocer que: a) El proyecto “Mejoramiento y Ampliación Sistema de Alcantarillado Sanitario Entre Ríos-Cochabamba”, contaba con Licencia Ambiental – “Certificado de Dispensación – Categoría III (CD) 031206-10/DRNMA-FNCA- 0730 CD-039-2019, emitida por la Secretaría Departamental de los Derechos de la Madre Tierra del Gobierno Autónomo del departamento de Cochabamba, en cumplimiento a los arts. 25 de la Ley 1333; y, 5 del Reglamento General de Gestión Ambiental, con ajuste al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental; b) El señalado proyecto, se encontraba en proceso de Licitación Pública PAAPII-LPI-O-090/2019, CUCE:19-0086-05-995858-1-1 de 22 de octubre, con apertura de propuestas programadas para el 9 de diciembre de igual año; y, c) El proyecto –a la fecha de emisión del informe– se encontraba en proceso de contratación en sus componentes de Obras y Supervisión de Obras, contando con los documentos de propiedad a nombre del Gobierno Autónomo Municipal de Entre Ríos para el emplazamiento de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (fs. 2234 a 2240).
- acción popular
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.
- III.1.
- III.2.
- las entidades estatales de derecho público se encuentran expresamente consignadas por las normas legales que rigen en la materia, para ser titulares de este tipo de acciones
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1) En cuanto a Aurelio Rojas López
- 2) Con relación a los coaccionantes,
- REVOCAR