SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0466/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0466/2020-S3

Fecha: 02-Sep-2020

b)

b)   El 21 de enero de 2019, las coaccionantes Janneth Mia Berríos Tapia y Lenny Rosario Jemio Jemio, dándose por notificadas con la Sentencia 001/2018 solicitaron aclaración, “explicación” y complementación de dicha Sentencia, mereciendo los Autos de 12 de febrero de igual año, por los que las autoridades hoy accionadas resolvieron esas solicitudes, y mediante otro Auto de igual fecha declararon ejecutoriada la referida Sentencia, sin considerar que el art. 226.V del CPC establece que la solicitud de aclaración, enmienda y complementación suspende el plazo para interponer el recurso de apelación, o el que corresponda, reanudándose el cómputo para todos los sujetos procesales a partir de la notificación con la concesión o denegatoria de dicha solicitud; por lo cual no podían resolverse ambas cuestiones el mismo día.

No constan diligencias de notificación con el Auto de 12 de febrero de 2019 que resolvió las solicitudes de aclaración, enmienda y complementación presentadas por las coaccionantes Janneth Mia Berríos Tapia, y Lenny Rosario Jemio Jemio; sin embargo, se dieron por notificadas con el mismo, y el 1 de julio de igual año, presentaron recurso de apelación contra la Sentencia 001/2018, sin que hasta la presentación de esta acción tutelar hubiera merecido providencia alguna.