SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0481/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0481/2020-S2

Fecha: 29-Sep-2020

2)

2)   Sobre la incorrecta aplicación de la SCP 0001/2019-S2, aludida por el impetrante de tutela, no realizó mayor énfasis al respecto; empero, la autoridad demandada sobre ello señaló que el referido fallo constitucional da luces de la diligencia con la que deben actuar los administradores de justicia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer, así como para precautelar el interés superior de los menores; extremos que consideró que fueron correctamente acuñados, pues en el caso de autos se tiene como víctima de una agresión sexual a una menor de edad que merece protección reforzada a efectos de evitar su revictimización; determinación, que también guarda coherencia -interna- con lo cuestionado y en ese sentido se colige que respecto a este extremo la Resolución cuestionada se halla debidamente motivada, en los alcances mencionados en el Fundamento Jurídico III.1.

[2]El FJ III.3 indica que: “…la garantía del debido proceso no es únicamente aplicable en el ámbito judicial, sino también en el administrativo y disciplinario, cuanto tenga que determinarse una responsabilidad disciplinaria o administrativa e imponerse una sanción como ha ocurrido en el presente caso”.