SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0497/2020-S3
Fecha: 07-Sep-2020
II.4.
II.4. Mediante memorial presentado el 29 de noviembre de 2019, el peticionante de tutela solicitó al juez accionado, la modificación de las medidas cautelares que le fueron impuestas, emitiéndose el decreto de 2 de diciembre de ese mismo año, por el cual, se dispuso traslado a los acusadores; devuelto el proceso por el Ministerio Público, se expidió Auto de la misma fecha, en la que se dispuso el desarraigo temporal del procesado del 20 de diciembre de 2019 al 5 de enero de 2020, a objeto de que pueda trasladarse a la Republica Federal del Brasil, y ordenando Vista Fiscal, a objeto de que el Ministerio se pronuncie sobre las excepciones de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, inimputabilidad e incidente de exclusión temporal del proceso, con la finalidad de que la causa no se siga dilatando (fs. 322 a 325).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7
- Se trata de un mecanismo de defensa constitucional extraordinario de carácter preventivo, correctivo y reparador, instituido para la protección inmediata y efectiva de los derechos fundamentales a la libertad física como de locomoción en casos de detenciones, persecuciones, apresamientos o procesamientos ilegales o indebidos por parte de servidores públicos o de personas particulares; así como a la vida, cuando esté en peligro
- Toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal, podrá interponer Acción de Libertad
- Ahora bien, el segundo pilar que estructura el contenido esencial de esta garantía, se encuentra configurado por sus presupuestos de activación, que al amparo del art. 125 de la CPE, se resumen en cuatro: a) Atentados contra el derecho a la vida; b) Afectación de los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción; c) Acto y omisión que constituya procesamiento indebido; y, d) Acto u omisión que implique persecución indebida”
- III.2.
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.3. Análisis del caso concreto
- Respecto al primer acto lesivo denunciado-falta de respuesta y/o tramitación a la solicitud de modificación de medidas cautelares
- CONFIRMAR