Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0533/2020-S3
Fecha: 15-Sep-2020
i)
i) Toda investigación penal tiene como presupuesto la recolección y acumulación de elementos de convicción idóneos que verifiquen fácticamente la denuncia. Dichos elementos, después de una cabal apreciación por parte del Fiscal, constituirán la base de una eventual imputación formal que necesariamente debe cumplir con los requisitos mínimos establecidos por el art. 302 del CPP. La inexistencia de estos requisitos darán curso a los criterios previstos en el art. 304 del señalado Código, correspondiente al rechazo; por lo que, la Resolución de Rechazo de Denuncia debe ser una unidad lógica y clara en cuanto al motivo que la propicia y la fundamentación jurídica que la respalda;
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho, garantía y principio supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- III.1. Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público
- III.2. La fundamentación, motivación y congruencia como elementos del debido proceso
- la motivación debe ser entendida como la justificación razonada de los fallos mediante la cual el juzgador arriba a una conclusión y asume una decisión; imperativo por el que toda resolución debe contener el desarrollo de los razonamientos de hecho por los cuales se emite el pronunciamiento vinculados con cada uno de los asuntos sometidos a la decisión del juzgador, esto es, las razones fácticas y circunstancias de hecho y probatorias que sustenten la determinación asumida, constituyendo por ende la motivación de todo fallo un deber fundamental inexcusable al momento de resolver los asuntos que conozcan
- la fundamentación constituye la estructura jurídico-legal que sustenta los entendimientos fácticos expresados por el administrador de justicia, quien recurre sistemáticamente a las normas relevantes del ordenamiento jurídico a objeto de resolver las causas sujetas a su conocimiento
- i)
- ii)
- iii)
- iv)
- v)
- vi)
- Sobre la insuficiente fundamentación y motivación
- Sobre la incongruencia interna
- cabal consideración de los elementos recolectados y acumulados
- CONFIRMAR