SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0543/2020-s3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0543/2020-s3

Fecha: 15-Sep-2020

1)

Los accionantes a través de su representante sin mandato, ratificaron in extenso los argumentos expuestos en su memorial de acción de libertad y ante las preguntas realizadas por el Tribunal de garantías, precisaron y ampliaron que: 1) No purgaron rebeldía porque comparecieron señalando las irregularidades cometidas por el Juez -accionado- y como respuesta recibieron solamente una disposición que llama la atención “a su personal” sin tenerlos como comparecidos; y, 2) No presentaron la boleta de “purga de rebeldía” porque el art. 91 del CPP no indica que tengan que purgar la rebeldía, pues han comparecido al proceso y no fueron oídos por las irregularidades que estaban ocurriendo en el Tribunal donde se tramita su causa, además de no haberse dejado sin efecto el mandamiento de aprehensión emitido en su contra; son personas de la tercera edad y en momento alguno obstaculizaron el proceso, más al contrario fueron constantes en saber cuándo se iba señalar la apertura de juicio, pero no tuvieron acceso al cuaderno de control jurisdiccional y tampoco en la “tablilla” estaba programada audiencia para el 22 de noviembre -de 2019-, por ello estuvieron en estado de indefensión.