SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0543/2020-s3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0543/2020-s3

Fecha: 15-Sep-2020

II.1.

II.1.  Cursa acta de suspensión audiencia de juicio oral de 22 de noviembre de 2019, actuación en la que el Tribunal de Sentencia Penal Quinto de la Capital del departamento de La Paz, ante la inconcurrencia de los acusados Florencio Tinta Quispe y Alejandra Fredesminda Mendoza de Tinta -ahora accionantes-,   mediante Auto 37/2019 de la misma fecha, de conformidad a los arts. 87 y 89, 90, 124 y 333 del CPP, declaró la rebeldía de dichos encausados, disponiendo, las siguientes medidas: a) La conservación de todos los actuados y elementos de prueba; b) Interrupción del plazo de extinción del proceso y de prescripción de la acción penal; c) La emisión de mandamiento de aprehensión contra los acusados para que sean conducidos en esa calidad ante ese Tribunal y se les aplique medidas cautelares que corresponda; d) Su arraigo a objeto de que no abandonen el país; e) La anotación preventiva de todos sus bienes muebles e inmuebles y la retención de sus fondos bancarios si los tuvieren; f) La designación de un defensor de oficio para que asuma su defensa; g) La publicación de edictos por una sola vez en un “órgano” de prensa de circulación nacional; y, h) La notificación a la oficina del Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP [fs. 13 a 14 vta.]).