SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0611/2020-S3
Fecha: 28-Sep-2020
I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
La parte peticionante de tutela denuncia como lesionados sus derechos al acceso a la libre asociación empresarial; al reconocimiento de la personalidad jurídica a la asociación empresarial; a participar de formas democráticas organizativas de acuerdo con estatutos; a formar parte de una asociación y tener participación en el patrimonio de la misma; a dedicarse al comercio, industria o a cualquier actividad económica lícita, en condiciones que no perjudiquen al bien colectivo; a la igualdad y no discriminación; a formar parte de organizaciones representativas de un sector económico determinado, al debido proceso, en sus garantías mínimas de los derechos a la defensa, a la motivación y fundamentación de las decisiones, y a la tutela efectiva; así como, a los principios de seguridad jurídica y legalidad, citando al efecto los arts. 8.II, 9.2, 14.II, 47.I, 52, 115, 119.II, 178.I de la Constitución Política del Estado (CPE); 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 7 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.1.
- II.1.2.
- II.1.3.
- II.1.6.
- II.2.1.
- II.2.2.
- II.2.3.
- II.2.6.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 19
- por lo mismo no se activa para reparar supuestos actos que infringen las normas procesales o sustantivas, debido a una incorrecta interpretación o indebida aplicación de las mismas
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo