SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0611/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0611/2020-S3

Fecha: 28-Sep-2020

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La parte impetrante de tutela alega que, solicitaron al Presidente del Directorio de la ABAV, incorporarse a esa asociación; sin embargo, recibieron como respuesta que, en reunión de Directorio de 21 de mayo 2019, se determinó no incorporarlos debido a que uno de los miembros presentó objeción a su petición, incurriendo así en actos ilegales y omisiones indebidas, e incumpliendo con los Estatutos y Reglamento Interno de dicha asociación, al no permitirles ingresar a la misma, pese a que cumplían con todos los requisitos, lesionando de esta manera sus derechos al acceso a la libre asociación empresarial; al reconocimiento de la personalidad jurídica a la asociación empresarial; a participar de formas democráticas organizativas de acuerdo con estatutos; a formar parte de una asociación y tener participación en el patrimonio de la misma; a dedicarse al comercio, industria o a cualquier actividad económica lícita, en condiciones que no perjudiquen al bien colectivo; a la igualdad y no discriminación; a formar parte de organizaciones representativas de un sector económico determinado, al debido proceso, en sus garantías mínimas de los derechos a la defensa, a la motivación y fundamentación de las decisiones, y a la tutela efectiva; así como, a los principios de seguridad jurídica y legalidad.