SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2021-S3

Fecha: 23-Feb-2021

i)

i)   “En vías de explicación envía de explicación complementación y enmienda artículo 125 del Código de Procedimiento Penal, en sentido de que si está latente o ya no está latente el riesgo procesal previsto en el artículo 234 numeral 10 del Código de Procedimiento Penal, en la resolución esta sala ha sido taxativo, respecto a la limitación que tiene en la aplicación del artículo 398 del Código de Procedimiento Penal, resolver sobre los agravios pedidos por la parte apelante, y se ha pronunciado al respecto, y si nos remitimos a la resolución confirmando la misma, con las aclaraciones descritas líneas arriba no corresponde dar curso, por prohibición precisamente del artículo 125 del Código de Procedimiento Penal, en su primer párrafo primero última parte corresponde la explicación, complementación y enmienda, siempre que ello no importa una modificación esencial de la misma lo que está pidiendo es que se modifique lo esencial de la parte dispositiva” (sic);