AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2021-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2021-ECA

Fecha: 23-Mar-2021

la Sala Liquidadora Transitoria de este Tribunal

En similar sentido el ACP 0040/2013-ECA de 27 de noviembre, pronunciado por la Sala Liquidadora Transitoria de este Tribunal, declaró ha lugar a la solicitud de complementación presentada disponiendo complementar la parte dispositiva de la SCP 0404/2013-L de 28 de mayo[3] bajo el fundamento siguiente:

…se evidencia que la SCP 0404/2013-L, confirmó la Resolución 008/2011, emitida por la Sala Civil, Familiar y Comercial Segunda de la Corte Superior del Distrito           Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Oruro, constituida en Tribunal de garantías; denegó con relación a la Jueza Segunda de Partido de Trabajo y Seguridad Social; y, dejó sin efecto el Auto de Vista 14/2011 de 28 de enero, ordenando el pronunciamiento de uno nuevo fundamentado y motivado; determinación que fue dispuesta en el entendido de que correspondía al Tribunal de alzada emitir un fallo: confirmatorio total o parcial; revocatorio total o parcial; o, anulatorio o repositorio, en base a lo resuelto por el Juez a quo y el recurso de apelación planteado en ese entonces por la empresa minera “INTI RAYMI S.A.”, conforme prevé el art. 237.I del Código de Procedimiento Civil (CPC), aplicable en materia laboral por determinación del art. 252 del Código Procesal del Trabajo (CPT), permitiendo a la propia jurisdicción ordinaria la resolución de la controversia.