SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2021-S3

Fecha: 29-Mar-2021

los principios que orientan la función administrativa imponen a las autoridades el deber de coordinar sus actuaciones

Considerando la jurisprudencia comparada vinculada a la protección de derechos fundamentales, la Corte Constitucional de Colombia, en su Sentencia T-238/07 de 29 de marzo de 2007, a efectos de cumplir con el derecho de petición cuando ocurre el cambio de autoridades o directivos, estableció que no tiene trascendencia “…que en la actualidad sea otra la persona encargada de regentar la Institución, como tampoco las competencias señaladas al Consejo Directivo, porque los principios que orientan la función administrativa imponen a las autoridades el deber de coordinar sus actuaciones, para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado, como viene a ser el relacionado con la participación de los asociados en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la nación” (las negrillas son añadidas).