Juristeca
Juristeca País
    AUTO CONSTITUCIONAL 0087/2021-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0087/2021-RCA

    Fecha: 28-Abr-2021

    I.2.

    Considera lesionados sus derechos al debido proceso en sus vertientes a la congruencia, fundamentación y motivación, a la “seguridad jurídica” y a la tutela judicial efectiva, citando al efecto los arts. 115.II de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).

    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2.
    • a)
    • improcedente
    • i)
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de conocido el hecho
    • “…el cómputo de los seis meses de la inmediatez del amparo constitucional es a partir de la notificación por cédula fijada en el tablero de la Secretaría de Cámara de la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia,
    • desde de las cero horas del 22 de marzo de 2020
    • la declaratoria de cuarentena total, que tiene como inicio el 22 de marzo, hasta el 30 de abril del citado
    • Circular 05/2020 de 26 de marzo de 2020
    • se debe analizar de manera particular que el departamento de Chuquisaca
    • b)
    • cuatro (4) meses y (29) veintinueve días, de suspensión del plazo de inmediatez, que deben
    • improcedencia
    • cuatro meses y veintinueve días
    • CONFIRMAR

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca