SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0056/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0056/2021-S4

Fecha: 29-Abr-2021

III.3. Sobre el ámbito de competencias de la jurisdicción indígena originario campesina y la jurisdicción agroambiental

El Tribunal Constitucional Plurinacional, al resolver los conflictos de competencias entre la jurisdicción indígena originario campesina y la jurisdicción agroambiental, en su SCP 0005/2018 de 14 de marzo, citando a la SCP 0026/2013 de 4 de enero, establece los siguientes precedentes respecto a las competencias de las mencionadas jurisdicciones: “Conforme establece el art. 178.I de la CPE ‘…La potestad de impartir justicia emana del pueblo boliviano y se sustenta en los principios de independencia, imparcialidad, seguridad jurídica, publicidad, probidad, celeridad, gratuidad, pluralismo jurídico, interculturalidad, equidad, servicio a la sociedad, participación ciudadana, armonía social y respeto a los derechos‛; por su parte, el art. 190.I de la Norma citada señala: ‘…Las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos ejercerán sus funciones jurisdiccionales y de competencia a través de sus autoridades, y aplicarán sus principios, valores culturales, normas y procedimientos propios‛; asimismo, el art. 191 de la misma Ley Fundamental, indican que la JIOC se fundamenta en un vínculo particular de las personas que son miembros de la respectiva nación o pueblo indígena originario campesino y que se ejerce en los ámbitos de vigencia personal, material y territorial, precisando que:

Ahora bien, en el marco del desarrollo de los preceptos constitucionales anteriormente citados, se ha promulgado la Ley de Deslinde Jurisdiccional, con el objeto de regular los ámbitos de vigencia, dispuestos en la Constitución Política del Estado, entre la JIOC y las otras jurisdicciones reconocidas constitucionalmente; y determinar los mecanismos de coordinación y cooperación entre las referidas jurisdicciones, en el marco del pluralismo jurídico.