Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0065/2021-S4
Fecha: 29-Abr-2021
acción de cumplimiento
En revisión la Resolución 003/2020 de 8 de enero, cursante de fs. 309 a 314, pronunciada dentro de la acción de cumplimiento interpuesta por Fernanda Apaza de Huanca, Rosminda Liced Apaza García, Florencia Molina de Méndez, Sonia Zulma Mamani Condori, Eduarda Mamani de Limachi, Ovidio Hernán Bautista Murga, María Poma Peralta y Lidia Quispe Laura, todos miembros del Directorio de la Asociación del Mercado Feria Franca de Abastecimiento Artesanal de “Villa Adela” contra Carmen Soledad Chapetón Tancara, Alcaldesa del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto del departamento de La Paz.
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- Artículo 1°.-
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- La acción de cumplimiento tiene por efecto garantizar la materialización de una norma constitucional o legal, que estuviere siendo omitida por servidores públicos u Órganos del Estado, y una vez que este Tribunal Constitucional Plurinacional, determine el incumplimiento de una norma, la Sentencia dispondrá su observancia de manera inmediata
- III.2.
- CONFIRMAR en parte