Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0065/2021-S4
Fecha: 29-Abr-2021
I.1.3. Petitorio
Solicitaron se conceda la tutela impetrada, determinando que la autoridad demandada cumpla de inmediato el deber omitido que ordena la Ley 3114, y en consecuencia, suscriba la minuta de transferencia correspondiente del inmueble a título gratuito a favor de la Asociación del Mercado Feria Franca de Abastecimiento Artesanal de “Villa Adela", en el plazo de veinticuatro horas; y, en su caso, se determine la existencia de indicios de responsabilidad penal, de acuerdo al art. 39 del Código Procesal Constitucional (CPCo), ya que la Alcaldesa demandada, no respondió las solicitudes realizadas por éstos.
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- Artículo 1°.-
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- La acción de cumplimiento tiene por efecto garantizar la materialización de una norma constitucional o legal, que estuviere siendo omitida por servidores públicos u Órganos del Estado, y una vez que este Tribunal Constitucional Plurinacional, determine el incumplimiento de una norma, la Sentencia dispondrá su observancia de manera inmediata
- III.2.
- CONFIRMAR en parte