Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0065/2021-S4
Fecha: 29-Abr-2021
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes, alegan que la Alcaldesa del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto –autoridad hoy demandada–, incumplió el mandato de la Ley 3114 de 25 de agosto de 2005, al rehusarse a transferir a título gratuito a favor de la Asociación del Mercado Feria Franca de Abastecimiento Artesanal de “Villa Adela", el inmueble correspondiente al Mercado Villa Adela; no obstante de haberse solicitado en reiteradas oportunidades el cumplimiento de la referida Ley, y de haberse subsanado todas las condicionantes y observaciones exigidas por el ente municipal.
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- Artículo 1°.-
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- La acción de cumplimiento tiene por efecto garantizar la materialización de una norma constitucional o legal, que estuviere siendo omitida por servidores públicos u Órganos del Estado, y una vez que este Tribunal Constitucional Plurinacional, determine el incumplimiento de una norma, la Sentencia dispondrá su observancia de manera inmediata
- III.2.
- CONFIRMAR en parte