SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2021-S2

Fecha: 21-Abr-2021

a)

El accionante a través de su abogado, ratificó el contenido de la acción de libertad y ampliándolo señaló que: a) Fue elegido como Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Uyuni del departamento de Potosí; sin embargo, algunas personas pretendieron perjudicarlo, iniciándole un proceso penal por la promulgación y cumplimiento de la Ley Municipal 69 de julio de 2016, referente a la disposición de bienes patrimoniales, en concordancia a lo establecido en la Ley de Gobiernos Autónomos Municipales -Ley 482 de 9 de enero de 2014-, y Ley de Modificaciones a la Ley 247 de 5 de junio de 2012, de Regularización del Derecho Propietario sobre Bienes Inmuebles Urbanos Destinados a Vivienda -Ley 803 de 9 de mayo de 2016-; b) Existían dos acciones de amparo constitucional, una formulada por el Ministerio Público realizada de manera correcta; en razón a que, sí apelaron la Resolución de la a quo, y otra planteada por el Viceministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción, que no correspondía por no recurrir las disposiciones judiciales; y, c) Los Vocales demandados, bajo presión se equivocaron al admitir la acción de defensa presentada por el referido Viceministerio.