SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2021-S3
Fecha: 20-Abr-2021
precisar que toda resolución ya sea jurisdiccional o administrativa, con la finalidad de garantizar el derecho a la motivación como elemento configurativo del debido proceso debe contener los siguientes aspectos a saber
Por su parte, la SC 2227/2010-R de 19 de noviembre, reiterando el entendimiento de la SC 1365/2005-R de 31 de octubre señaló que: ‘Es imperante además precisar que toda resolución ya sea jurisdiccional o administrativa, con la finalidad de garantizar el derecho a la motivación como elemento configurativo del debido proceso debe contener los siguientes aspectos a saber: a) Debe determinar con claridad los hechos atribuidos a las partes procesales, b) Debe contener una exposición clara de los aspectos fácticos pertinentes, c) Debe describir de manera expresa los supuestos de hecho contenidos en la norma jurídica aplicable al caso concreto, d) Debe describir de forma individualizada todos los medios de prueba aportados por las partes procesales, e) Debe valorar de manera concreta y explícita todos y cada uno de los medios probatorios producidos, asignándoles un valor probatorio específico a cada uno de ellos de forma motivada, f) Debe determinar el nexo de causalidad entre las denuncias o pretensiones de las partes procesales, el supuesto de hecho inserto en la norma aplicable, la valoración de las pruebas aportadas y la sanción o consecuencia jurídica emergente de la determinación del nexo de causalidad antes señalado”’.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- entendida en el ámbito procesal como la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto; ahora bien, esa definición general, no es limitativa de la coherencia que debe tener toda resolución, ya sea judicial o administrativa, y que implica también la concordancia entre la parte considerativa y dispositiva
- El principio de congruencia, responde a la pretensión jurídica o la expresión de agravios formulada por las partes; la falta de relación entre lo solicitado y lo resuelto, contradice el principio procesal de congruencia, la resolución de primera y/o segunda instancia, debe responder a la petición de las partes y de la expresión de agravios
- III.2. De la fundamentación y motivación en las resoluciones judiciales
- precisar que toda resolución ya sea jurisdiccional o administrativa, con la finalidad de garantizar el derecho a la motivación como elemento configurativo del debido proceso debe contener los siguientes aspectos a saber
- debida fundamentación
- IMPROBADA
- Consideraciones previas
- b)
- simulación absoluta
- 2)
- consideraron
- congruencia
- simulación absoluta y la ausencia de causa por no existir o ser falsos los hechos o el derecho invocado
- vulneración de la ley aplicable
- En cuanto al debido proceso en sus elementos de motivación y fundamentación
- CONFIRMAR