SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2021-S3

Fecha: 26-Abr-2021

i)

Marcial Zurita Alcocer, a través de su abogada, en audiencia sostuvo que: i) Lo alegado por el peticionante de tutela, ya fue resuelto por el Juez que conoció la causa y por el Tribunal de alzada, pretendiendo el referido accionante vulnerar sus derechos como trabajador, dilatando el pago de beneficios sociales, que son imprescriptibles e irrenunciables; ii) La demanda se planteó contra una persona jurídica siendo el prenombrado el representante legal de la misma, además no era su obligación averiguar tal aspecto conforme establece el Código Procesal del Trabajo; más aún, si al momento de interponer la demanda el impetrante de tutela tenía la condición de representante legal; y, iii) Como trabajador no conocía los pormenores de la empresa CABLEBOL S.A., es así que no supo  hasta el 2014, que cambiaron al representante legal, como trabajador no conocía los pormenores de la empresa CABLEBOL S.A.; por lo que, no se vulneró el derecho a la defensa, ni otro invocado por el precitado.

En respuesta a las preguntas efectuadas por el Tribunal de garantías, señaló que, existe un Auto de Vista que resolvió la apelación -se entiende de la Sentencia- que fue objeto del recurso de casación, mismo que se encuentra pendiente de resolución; accesoriamente se interpuso la excepción de impersonería que fue apelada y confirmada por los Vocales accionados.