Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2021-S2
Fecha: 04-May-2021
II.1.
II.1. Cursan las matrículas computarizadas 3.01.1.01.0060456 de 3 de noviembre de 2017 (fs. 38 y vta.), 3.01.1.01.0060454 de 6 de igual mes y año (fs. 34 a 35 vta.) y 3.01.1.01.0060455 de 24 de mayo de 2018 (fs. 40 y vta.); todas registran como titular de inmueble a Germán Vargas -ahora accionante-.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- REVOCAR
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Trato preferencial y protección reforzada de los derechos de las personas adultas mayores
- se establecen políticas que dan a determinados grupos sociales (minorías étnicas o raciales, personas discapacitadas, mujeres, menores de edad, adultos mayores) un trato preferencial en el acceso a determinados derechos -generalmente de naturaleza laboral- o distribución de ciertos recursos o servicios, así como acceso a determinados bienes, con el fin de mejorarles su calidad de vida
- III.2. La acción de amparo constitucional y las excepciones al principio de subsidiariedad
- estableció excepciones al principio de subsidiariedad en los cuales resulta necesaria la prescindencia del citado principio, con la finalidad efectivizar o materializar derechos fundamentales demandados como conculcados, frente a aspectos formales
- Fragmento 17
- III.3. Sobre el derecho a la propiedad
- III.5. Análisis del caso concreto