SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0162/2021-S4
Fecha: 26-May-2021
CONFIRMAR en parte
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Cuarta Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR en parte la Resolución 38 de 19 de junio de 2020, cursante de fs. 249 vta. a 251 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, solo en lo que se refiere al derecho de petición, debiendo la autoridad demandada del Servicio de Impuestos Nacionales, otorgar respuesta a la Nota de solicitud Cite: BO-SLB-ADM-078/20 presentada el 1 de junio de 2020, en el plazo de cuarenta y ocho horas desde la notificación con el presente fallo constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.Contenido de la demanda
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Las Boletas de Garantía deben tener un plazo de vencimiento determinado. Transcurrido dicho plazo, sin haberse ejercido la acción inserta en el documento, las boletas de garantía caducan en cuanto a la misma
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte