Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0211/2021-S3
Fecha: 14-May-2021
I.2.3. Participación del Ministerio Público
Antonio Chambi Condori, Fiscal de Materia en audiencia refirió que, de acuerdo a la pirámide de Hans Kelsen la máxima norma de la República es la Constitución Política del Estado, siendo la madre de todas la leyes, que por encima de ella no puede haber otra, “que las leyes de todas las instituciones están por debajo…” (sic) de la Norma Suprema, con excepción de los tratados internacionales, en ese sentido lo alegado por la parte accionada vulnera los arts. 13 y 24 de la CPE; razón por la cual, solicita se otorguen las garantías constitucionales en favor del peticionante de tutela.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- I.2.3. Participación del Ministerio Público
- concedió en parte
- Fragmento 9
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1.
- el derecho de petición se encuentra satisfecho no únicamente por una respuesta emitida por la autoridad, sino una vez que dicha autoridad haya resuelto o proporcionado una solución material y sustantiva al problema planteado en la petición, sin que se limite a una consecuencia meramente formal y procedimental´
- ésta tiene la obligación de responder formal y oportunamente sobre su incompetencia, señalando, en su caso, a la autoridad ante quien debe dirigirse el peticionario;
- El derecho a formular una petición escrita u oral y a obtener una respuesta formal, pronta y oportuna
- III.2. Los derechos al debido proceso y a la defensa.
- el derecho a la defensa
- un presupuesto para la operativización del derecho a la defensa dentro de cualquier proceso, que la persona contra la que se dirija una demanda sea debida y legalmente informada de su existencia y de las actuaciones que se realicen en el proceso, pues de desconocerla no podrá desvirtuar los extremos contenidos en ella o en las actuaciones o resoluciones que se adopten en el curso del proceso, objetivo que se consigue precisamente a través de los institutos procesales de la citación y la notificación
- el Estado garantiza el derecho al debido proceso y a la defensa
- sea motivada y que la misma resuelva materialmente el fondo de la petición,
- Asimismo, con relación a la segunda problemática planteada, el
- CONFIRMAR en parte