SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0261/2021-s3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0261/2021-s3

Fecha: 26-May-2021

II.3.

II.3.    El 17 de junio de 2020, el ahora accionante, presentó memorial con suma “reitera inmediata libertad”, con los mismos argumentos expuestos en su memorial descrito en la conclusión precedente; ante ello, la autoridad accionada, emitió proveído de 18 de igual mes y año, mediante el cual determinó que no corresponde atender la petición de libertad inmediata formulada por el impetrante de tutela, con base a los siguientes fundamentos: Si bien el plazo de ampliación a la detención preventiva del prenombrado culminaba el “…6 de mayo de 2020…” (sic), todos los plazos fueron suspendidos a partir del 22 de marzo del citado año, debido a la cuarentena total en todo el territorio nacional contra el contagio y la propagación del COVID-19, y recién fueron reanudados a partir del 15 de junio del año mencionado; por lo que, el plazo de ampliación de la detención preventiva culminará recién el 29 de julio del año en cuestión, máxime si dicha ampliación se debió a los actos investigativos señalados por el Ministerio Público que deben ser realizados en ese periodo porque no pudieron ser efectivizados debido a la cuarentena decretada y la suspensión de plazos (fs. 119 a 120).