SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0264/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0264/2021-S3

Fecha: 26-May-2021

no necesariamente ante la concurrencia de un riesgo procesal debe concederse de manera automática la libertad del imputado

Además, citó a la “S.C 0014/2012” (sic) que señala que cuando existe un solo riesgo procesal el juez debe efectuar una valoración integral de todos los elementos de prueba acompañados, pero la Jueza hoy coaccionada se limitó a mencionar que la SCP 0385/2017-S2 de 25 de abril, estableció que: “…no necesariamente ante la concurrencia de un riesgo procesal debe concederse de manera automática la libertad del imputado...” (sic).

Ante ello, formuló recurso de apelación incidental, que fue resuelto por la Vocal ahora accionada, mediante Auto de Vista de 10 de marzo de 2020, por el que declaró la improcedencia del recurso y confirmó el fallo cuestionado, sin la debida fundamentación y motivación, sin considerar a la SCP “795/2014” que refirió que se debe establecer de forma individual la concurrencia de los riesgos procesales; es decir, individualizando a cada uno de los imputados, lo cual no ocurrió en su caso, además, no se aplicaron los principios de favorabilidad, proporcionalidad, presunción de inocencia y otros; contraviniendo normas penales al mantener su detención preventiva con la existencia de un solo riesgo procesal.