SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0196/2021-S4
Fecha: 02-Jun-2021
que impide a este Tribunal ingresar al análisis de fondo
Consiguientemente, al no haberse cumplido con las exigencias que permitan a este Tribunal de manera excepcional proceder a la revisión de la legalidad ordinaria; ya que, si bien señaló el derecho supuestamente vulnerado; ello, no es suficiente como se tiene explicado supra, pues debe fundamentar la relevancia constitucional a objeto que aplicar esta excepcionalidad. Situación ésta atribuible a la parte accionante y que impide a este Tribunal ingresar al análisis de fondo, enfatizándose que, la jurisdicción constitucional está impedida de ingresar a la revisión del criterio emitido por los Vocales demandados, respecto al fallo que se cuestiona en la presente acción tutelar, por corresponderles a éstos la interpretación de las normas legales infra constitucionales en los procesos ordinarios puestos a su conocimiento, como facultad propia de la jurisdicción ordinaria y no de la constitucional, dada su finalidad protectora de derechos fundamentales y no de instancia de apelación o casacional; por lo que, corresponde denegar la tutela solicitada con la aclaración de que no se ingresó al fondo de la problemática planteada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- Fragmento 7
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los presupuestos necesarios para la excepcional revisión de la interpretación de la legalidad ordinaria mediante la acción de amparo constitucional
- 3)
- este Tribunal
- III.2. Análisis del caso concreto
- que impide a este Tribunal ingresar al análisis de fondo
- CONFIRMAR