SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0210/2021-S2
Fecha: 07-Jun-2021
1)
Marco Antonio Cossio Viorel, Fiscal Departamental de La Paz, a través de informe escrito presentado el 11 de marzo de 2020, cursante de fs. 183 a 187, manifestó que: 1) Se consideró todos los puntos expuestos en el memorial de impugnación al requerimiento conclusivo de sobreseimiento de 26 de abril de 2019; 2) Fueron detectadas incongruencias en cuanto al grado de participación de Andrea Escobar Humiri Vda. de Tito; y, 3) La Resolución FDLP/WEAL/S-293/2019 -jerárquica- cumplió con responder a todas las inquietudes fáctico interpretativas de los elementos que constan en el cuaderno de investigación, otorgándole el valor probatorio a cada uno de manera correcta y explicita.
1) Se considera autor de un hecho delictivo a quien en sus manos tiene el curso del suceder típico y antijurídico; por lo cual, para configurarse la coautoría es necesaria una resolución conjunta a fin de ejecutar las acciones tendientes a consumar el ilícito sin importar en el momento de cometerlas la mayor o menor gravedad de su participación, aspecto que debe ser sustentado por elementos de convicción idóneos que previamente judicializados ante la autoridad jurisdiccional competente permitan determinar el grado de participación o no de los involucrados. Por otro lado, el delito denunciado consistente en lesiones graves y leves, protege el bien jurídico de la integridad corporal por ende debe existir daño en el cuerpo que impida un normal desenvolvimiento y desempeño;
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- toda decisión emitida dentro de un proceso penal
- y de incurrirse en esta omisión al disponer sobreseimiento a favor de la parte imputada, la víctima podrá impugnar el requerimiento ante el superior jerárquico, y si éste igualmente incurre en la misma omisión, quedará abierta la jurisdicción constitucional para que acuda a la misma en busca de protección a sus derechos a la seguridad jurídica y de acceso a la justicia o tutela judicial efectiva, cuyo alcance no abarca, como se dijo, a que la parte acusadora pretenda que este Tribunal obligue a un Fiscal a presentar obligatoriamente la acusación si no únicamente a que dicha autoridad emita su requerimiento conclusivo debidamente fundamentado
- sobreseimiento
- III.2. Análisis del caso concreto
- II.2 Impugnación al Sobreseimiento
- c)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 6)
- e
- Respecto al punto dos de la impugnación al sobreseimiento
- CONFIRMAR