SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0210/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0210/2021-S2

Fecha: 07-Jun-2021

1)

Marco Antonio Cossio Viorel, Fiscal Departamental de La Paz, a través de informe escrito presentado el 11 de marzo de 2020, cursante de fs. 183 a 187, manifestó que: 1) Se consideró todos los puntos expuestos en el memorial de impugnación al requerimiento conclusivo de sobreseimiento de 26 de abril de 2019; 2) Fueron detectadas incongruencias en cuanto al grado de participación de Andrea Escobar Humiri Vda. de Tito; y, 3) La Resolución FDLP/WEAL/S-293/2019 -jerárquica- cumplió con responder a todas las inquietudes fáctico interpretativas de los elementos que constan en el cuaderno de investigación, otorgándole el valor probatorio a cada uno de manera correcta y explicita.

1)  Se considera autor de un hecho delictivo a quien en sus manos tiene el curso del suceder típico y antijurídico; por lo cual, para configurarse la coautoría es necesaria una resolución conjunta a fin de ejecutar las acciones tendientes a consumar el ilícito sin importar en el momento de cometerlas la mayor o menor gravedad de su participación, aspecto que debe ser sustentado por elementos de convicción idóneos que previamente judicializados ante la autoridad jurisdiccional competente permitan determinar el grado de participación o no de los involucrados. Por otro lado, el delito denunciado consistente en lesiones graves y leves, protege el bien jurídico de la integridad corporal por ende debe existir daño en el cuerpo que impida un normal desenvolvimiento y desempeño;