SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0210/2021-S2
Fecha: 07-Jun-2021
2)
2) Las lesiones que sufrió la víctima -accionante-, están descritas en el certificado médico forense de 24 de mayo de 2018, que le otorgó cuatro días de impedimento; lo que, demostró la presencia de agresiones físicas corroboradas, además por la valoración psicológica de 8 de agosto de similar año, realizada por “…Cornelia Dias Llanos - Psicóloga del SLIM G.A.M.S.S.…” (sic), señalando en su parte pertinente que la prenombrada presentaba sentimientos de tristeza, preocupación, impotencia, daño psíquico ocasionado a nivel conductual, que le generan síntomas de desvalimiento, introversión, tendencia a encerrarse en sí misma, pesimismo, debilidad, desaliento y pasividad; de igual forma, el dictamen pericial expedido por el IITCUP que determinó que la imperante de tutela es una persona con asertividad ausente, baja autovaloración, autoeficacia con déficit, trastorno de personalidad de evitación y estrés postraumático, estado de ansiedad y temor hacia sus agresoras;
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- toda decisión emitida dentro de un proceso penal
- y de incurrirse en esta omisión al disponer sobreseimiento a favor de la parte imputada, la víctima podrá impugnar el requerimiento ante el superior jerárquico, y si éste igualmente incurre en la misma omisión, quedará abierta la jurisdicción constitucional para que acuda a la misma en busca de protección a sus derechos a la seguridad jurídica y de acceso a la justicia o tutela judicial efectiva, cuyo alcance no abarca, como se dijo, a que la parte acusadora pretenda que este Tribunal obligue a un Fiscal a presentar obligatoriamente la acusación si no únicamente a que dicha autoridad emita su requerimiento conclusivo debidamente fundamentado
- sobreseimiento
- III.2. Análisis del caso concreto
- II.2 Impugnación al Sobreseimiento
- c)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 6)
- e
- Respecto al punto dos de la impugnación al sobreseimiento
- CONFIRMAR